Rechazo unánime a la libertad del joven acusado en el caso Bautista Coronel
El Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 1 de Necochea rechazó por unanimidad el pedido de libertad del adolescente imputado por la muerte de Bautista Coronel. La decisión, tomada el 27 de octubre de 2026, mantuvo la prisión preventiva vigente y desestimó la solicitud de arresto domiciliario presentada por la defensa.
Mientras tanto, el joven permanecerá alojado en un centro socioeducativo en Mar del Plata hasta la realización del juicio y la emisión de la sentencia definitiva.
Fechas definidas para el juicio oral en Necochea
El tribunal confirmó que el juicio oral se llevará a cabo en Necochea los días 26, 27 y 30 de noviembre de 2026. Estas fechas establecen un calendario judicial claro, procurando dar celeridad al proceso y resolver la situación penal del acusado en un plazo determinado.
Argumentos de la defensa y oposición de la Fiscalía
La defensa del adolescente solicitó el cese de la prisión preventiva argumentando que había vencido el plazo máximo de 360 días previsto en el régimen penal juvenil y que los riesgos procesales habían disminuido. También propuso como alternativa un arresto domiciliario bajo acompañamiento familiar y la intervención del Centro de Referencia.
Por su parte, la Fiscalía y la familia de Bautista Coronel se opusieron a ambos pedidos, solicitando que se mantuviera la detención. Durante la audiencia, el padre de la víctima reiteró su rechazo a la libertad solicitada.
Descuento del tiempo procesal y análisis del plazo cautelar
El tribunal consideró que, aunque el adolescente fue detenido el 1 de noviembre de 2025 y la prisión preventiva se dispuso el 5 de noviembre de ese año, deben descontarse 63 días correspondientes a la tramitación en la Cámara de Apelación y Garantías y 85 días por instrucción suplementaria, totalizando 148 días descontados del cálculo del plazo cautelar.
Esta interpretación, considerada restrictiva y excepcional, se adoptó atendiendo a las particularidades del caso para no prolongar innecesariamente la detención y garantizar un plazo cierto para la resolución judicial.
Riesgo de fuga y rechazo del arresto domiciliario
Los jueces valoraron que existe un riesgo concreto de fuga debido a las características del delito atribuido, la posible pena y la proximidad del juicio. Aunque no vieron indicios suficientes para fundamentar la detención preventiva en riesgo de entorpecimiento de la prueba, destacaron la necesidad de protección para los testigos.
En cuanto a la propuesta de arresto domiciliario, se consideró insuficiente el mecanismo de supervisión y control externo presentado, así como el plan de ejecución. No obstante, el tribunal no descartó la posibilidad de medidas menos restrictivas en caso de que cambien las circunstancias.
Preparativos para la realización del juicio y acompañamiento del acusado
El tribunal ordenó mantener la detención hasta la finalización del juicio y la sentencia, al tiempo que garantizó la continuidad de la asistencia integral, la educación y el acompañamiento socioeducativo durante la permanencia en el centro de Mar del Plata.
La resolución lleva las firmas de los jueces Natalia Giombi, Esteban Martín Juliano y Ana Cecilia Bajlec, y responde a un pedido de revisión de la prisión preventiva ordenado previamente por la Cámara de Apelación y Garantías.